La jueza Mariel Borruto se declaró competente y determinó que tribunales argentinos tienen jurisdicción internacional sobre las petroleras extranjeras por operar sobre la plataforma continental nacional. Determinó que el daño ambiental en el Mar Argentino y la soberanía configuran un interés federal insustituible y emplazó a la Fiscalía de Estado de Tierra del Fuego para que intervenga en defensa de los recursos provinciales.

La decisión de la jueza es clara: se puede y se debe intervenir en la acción contra Rockhopper Exploration y Navitas Petroleum Development and Production Limited, vinculada al proyecto hidrocarburífero “León Marino” sobre la plataforma continental argentina en la zona de Malvinas. Reconoce la dimensión federal, ambiental y soberana del conflicto planteado.
Al hacer propios, en lo sustancial, los fundamentos del Ministerio Público Fiscal, el Juzgado sostuvo que existen razones concurrentes por la materia, el territorio y la jurisdicción internacional que justifican la intervención de la Justicia Federal. La resolución parte de una realidad física que el derecho no puede ignorar: el Atlántico Sur constituye un sistema ambiental conectado por corrientes, dinámicas oceanográficas y ecosistemas que atraviesan jurisdicciones. Una afectación producida allí puede proyectarse sobre recursos ambientales interjurisdiccionales del Mar Argentino y de las Islas del Atlántico Sur. La participación de la AAdeAA como copresentante de la acción expresa precisamente esa dimensión ambiental del conflicto y la necesidad de una tutela preventiva frente a un proyecto capaz de producir impactos que exceden cualquier frontera administrativa.
El segundo fundamento es territorial y resulta especialmente significativo. El Tribunal consideró que la infraestructura cuestionada —pozos submarinos, unidades flotantes de producción, almacenamiento y descarga, líneas de flujo y risers— se proyecta materialmente sobre el lecho y el subsuelo de la plataforma continental sometida a jurisdicción marítima argentina. El espacio marítimo deja de ser una abstracción dibujada sobre un mapa: es territorio, patrimonio natural y ámbito de ejercicio de soberanía.
La soberanía por sobre todos los reclamos
La resolución avanza todavía más. El Juzgado señala expresamente que detrás de la controversia ambiental subyace la defensa de la soberanía nacional, concebida como un bien colectivo indivisible que posee interés federal por autonomía. Este reconocimiento resulta central para el CECIM y para la AAdeAA, que concurren en esta acción desde sus respectivas trayectorias institucionales para la defensa de bienes colectivos que aquí aparecen profundamente entrelazados. La soberanía aparece jurídicamente vinculada con la protección del territorio, sus bienes naturales y el derecho colectivo de nuestro pueblo a decidir sobre ellos.
Desde hace décadas se sostiene que Malvinas debe ser pensada desde todas sus dimensiones: territorio, memoria, derechos humanos, ambiente, recursos naturales y futuro. La ocupación colonial también produce consecuencias materiales cuando permite avanzar unilateralmente sobre bienes que pertenecen al pueblo argentino. Cada pozo proyectado sobre nuestra plataforma continental interpela, al mismo tiempo, al derecho ambiental y al principio de soberanía permanente sobre los recursos naturales. La acción conjunta del CECIM y la AAdeAA parte justamente de ese cruce: proteger el ambiente del Atlántico Sur supone también defender la potestad soberana de la República Argentina sobre su territorio y sus recursos.
Proceso colectivo y el diferimiento de las medidas cautelares
La jueza convalidó a su vez el carácter colectivo de la acción deducida por los veteranos y los letrados ambientalistas, definiendo que la pretensión resguarda un derecho de incidencia colectiva donde una eventual sentencia no podría alcanzar a unos y dejar fuera a otros.
En ese sentido, ordenó librar oficio por el sistema Lex100 al Registro Público de Procesos Colectivos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (Acordada 32/2014) para constatar si existe otra causa semejante ya inscripta.
Respecto a las medidas cautelares solicitadas —que reclaman la orden judicial de paralización de obras físicas, suspensión de perforaciones y el bloqueo preventivo de transacciones bursátiles y financiamiento internacional—, Borruto resolvió diferir su tratamiento hasta tanto la parte actora cumpla en un plazo de cinco (5) días con tres recaudos procesales formales:
- Presentar declaración jurada ratificando que no promovieron otra acción análoga.
- Acompañar la traducción pública de la documental incorporada en idioma extranjero (reportes corporativos y técnicos de las petroleras).
- Adjuntar soporte digital apto de los documentos individualizados mediante enlaces web directos.
Cumplimentados estos pasos, el juzgado quedará en condiciones operativas de resolver la procedencia de la tutela inhibitoria contra las corporaciones.
Melella tiene 10 días para presentarse en el expediente
El punto más revulsivo en el plano político provincial radica en el apartado VII del fallo judicial. Haciendo lugar al pedido del fiscal federal, la jueza Borruto le confirió intervención formal a la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, corriendo vista a la Fiscalía de Estado por el término de diez (10) días para que tome intervención en defensa de los intereses patrimoniales y ambientales del Estado provincial.
La magistrada fundamentó la citación recordando que las aguas e islas ocupadas forman parte del territorio fueguino (Ley 23.775 modificada por Ley 26.552) y que corresponde a las provincias el dominio originario sobre los recursos naturales existentes en su jurisdicción (art. 124 de la Constitución Nacional y arts. 54 y 81 de la Constitución fueguina).
El emplazamiento judicial pone contra las cuerdas al gobernador Gustavo Melella. Tras años de negarse a ser querellante en la causa de 2015 y en medio de la crisis por el despacho del buque británico VS PROMISE en Cullen, el Ejecutivo fueguino ya no podrá mantenerse al margen amparándose en el silencio administrativo.
La Justicia Federal abrió formalmente la puerta procesal: ahora la administración provincial deberá definir si se presenta en Río Grande para defender los recursos de la provincia o si persiste en su deserción judicial mientras los excombatientes sostienen en soledad el litigio contra las petroleras de Malvinas.




